“Como ya hemos informado anteriormente, los inspectores de las empresas de seguridad solo tienen capacidad de auditar los servicios y al personal de seguridad privada en cuanto a controles de calidad, uniformidad etc. en ningún caso pueden dar órdenes a los vigilantes en los servicios salvo que estos tengan delegadas las funciones del jefe de seguridad de la empresa, y para ello se les puede requerir por parte del vigilantes que acredite dicha delegación de funciones.”

Fuente: https://alternativasindical.es/los-inspectores-de-servicio-que-no-tengan-delegadas-las-funciones-de-jefe-de-seguridad-de-la-propia-empresa-no-pueden-dar-ordenes-operativas/

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